31 de diciembre de 1969
Es oficial
Suspenden procesos judiciales a fábricas recuperadas
El plazo será por 360 días, según consta en el Boletín Oficial. Los expropiadores tendrán 90 días, prorrogables, para establecer la tasación sobre los bienes muebles, inmuebles y derechos, a los efectos de fijar la indemnización
El Boletín Oficial de este miércoles publicará la resolución que suspende por 360 días "todo proceso judicial que se encuentre en manos de sus trabajadores (fábricas recuperadas), que hayan resultado expropiadas o cuyo trámite legislativo de expropiación se haya iniciado hasta el 30 de abril de 2008".
Por otra parte, la autoridad de aplicación determinará la viabilidad económica de cada empresa recuperada, donde además se incluirá el pago de indemnización a favor del expropiado.
De esta manera, "el expropiante tendrá 90 días de corrido, prorrogables por otros noventa días más para establecer la tasación administrativa sobre los bienes muebles, inmuebles y derechos, a los efectos de fijar el monto para el depósito en concepto de indemnización".
Asimismo, se crea el Fondo Especial de Recuperación de Fábricas de la provincia de Buenos Aires, que tendrá una partida anual que destinará el Poder Ejecutivo en el presupuesto provincial, y también por el recupero de los montos que abonen los beneficiarios de la presente ley.