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Domingo, 29 diciembre 2024
Argentina
22 de octubre de 2021
PROYECTO DE LEY

“Un puente al empleo”: así es el plan del oficialismo para cambiar planes por trabajo

La iniciativa del Frente de Todos que ingresó a la Cámara de Diputados establece instancias intermedias entre los programas sociales y puestos laborales formales. Como contraparte, se generan beneficios para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

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El Frente de Todos expresó su intención de modificar la estructura de los planes sociales para que se transformen en empleo y añadir beneficios a las empresas que tomen beneficiarios de ayudas estatales. 

“Un puente al empleo”, es el nombre del Programa de Generación y Fortalecimiento del Empleo Argentino, ingresado a la Cámara de Diputados de la Nación, con la firma de su titular, Sergio Massa.

La Tecla pudo acceder al proyecto de ley y documentos que circulan en el Frente de Todos, donde se señaló que el programa “tiene como objetivo principal transformar, de manera gradual y con un criterio federal, a los planes, programas sociales y prestaciones de la seguridad social en trabajo formal de calidad”

“Por 12 meses el trabajador o la trabajadora podrá mantener el plan social como complemento al salario”, aclararon.

Además, el trabajador va a “acceder a la obra social y ART”, a la vez que cada participante del programa deberá “capacitarse y completar cursos de formación (oficios)”

“También podrán acceder al programa Un Puente Al Empleo los trabajadores de cooperativas municipales y de organizaciones sociales”, afirmaron.

“Un puente al empleo”: así es el plan del oficialismo para cambiar planes por trabajo

Yendo al fino, el proyecto del oficialismo establece “la reducción de hasta el ciento por ciento de las contribuciones patronales para las nuevas relaciones laborales”. “Este beneficio de reducción de cargas sociales es por el término de 24 meses, por cada trabajador o trabajadora, y considerando como tope máximo una suma equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles por cada uno y con una nomina tope incremental de cinco a veinte trabajadores”, señalaron.

De manera complementaria, se propone un esquema de protección y regularización de situaciones laborales precarias, para que las MiPyMES (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) puedan regularizar relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. En este esquema de protección y regularización, la MIPyME podrá rectificar la real remuneración o la real fecha de inicio de la relación laboral con los siguientes beneficios.

En este contexto, según señalaron, el empleador “queda liberado de sanciones penales y reduce conflictos judiciales”, “puede subsanar la baja del registro de empleadores con sanciones laborales (REPSAL)” y tiene la opción de acceder a una “condonación de deuda por capital, intereses y multas por las y los trabajadores que regularice”

Por su parte, “el trabajador no pierde aportes”, ya que “el estado les computara los aportes no ingresados por las y los empleadores por hasta 70 meses”

Sin embargo, los empleadores deberán cumplir con requisitos: “No podrán reducir la nómina laboral”, ni “tener ningún trabajador no registrado”, “registrar obligaciones previsionales de pago líquidas y exigibles por SEIS (6) o más períodos fiscales, teniendo la posibilidad de regularizar dicha situación dentro de los treinta días corridos de la respectiva intimación administrativa” ni “registrar Sanciones Laborales que impliquen que sean incorporados en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), ley 26.940”.

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