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Argentina
2 de noviembre de 2022
ACORRALADO

Solicitan que se le amplíe la declaración indagatoria a Javier Iguacel

Es en el marco de la causa que lo investiga por haber dictado en 2018 una resolución que obligaba a los usuarios a compensar a las distribuidoras de gas por los efectos de la devaluación.

Solicitan que se le amplíe la declaración indagatoria a Javier Iguacel
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La fiscal federal Paloma Ochoa presentó un dictamen ante la jueza federal María Romilda Servini para que le amplíe la declaración al exfuncionario, beneficiado con una “falta de mérito” en esta causa, tras detectar que al momento de dictar la resolución cuestionada era tenedor de acciones de YPF S.A., controlante a su vez de Metrogas S.A., por lo que debió haberse abstenido de hacerlo.

Para la fiscalía, las decisiones y acciones adoptadas por el acyual intendente de Capitán Sarmiento “evidenciaron su interés directo en beneficiar a las empresas distribuidoras de gas, garantizando un ingreso económico extraordinario y fraudulento en perjuicio de usuarios-consumidores y del propio Estado Nacional”.

En el dictamen de cuatro páginas, la fiscal sostuvo que el 4 de octubre, cuando dictó la resolución, Iguacel “decidió deliberadamente violar los deberes y obligaciones” que le correspondían como secretario de Energía del Ministerio de Hacienda de la Nación, dado que tenía en su poder acciones de una empresa que se vería beneficiada con su decisión.

Ochoa reseñó en su escrito que el entonces funcionario del Gobierno de Mauricio Macri emitió la resolución aún cuando una intervención de esas características le había sido desaconsejada por la Oficina Anticorrupción (OA) y que para ello habría engañado tanto a esa oficina como a la administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

“Iguacel incurrió en falsedad al responder el requerimiento que le cursara la Oficina Anticorrupción pues, en sentido opuesto al que a la postre informara, al 31 de octubre de 2018 sí disponía de un conjunto de acciones de YPF S.A.”, sostuvo la fiscal en el dictamen al que tuvo acceso esta agencia.

Allí, además, reseñó todas las instancias en las que el exfuncionario habría incurrido en el mismo tipo de falsedad al presentar declaraciones juradas ante distintos organismos del Estado.

El 12 de agosto de 2109 -indicó la fiscal- Iguacel presentó ante la AFIP las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales correspondientes al año 2018, “declarando falsamente no tener acciones de YPF S.A. al cierre de dicho período fiscal, cuando en realidad al 31 de diciembre de 2018 registraba” en su subcuenta corriente del Banco Santander Río S.A. la tenencia de acciones clase D de esa sociedad anónima.

El 13 de agosto de 2019, en tanto, el exfuncionario presentó ante la OA su declaración jurada patrimonial integral correspondiente al año 2018 donde, según la investigación judicial, volvió a incurrir en la misma presunta falsedad.

En aquella oportunidad, y tras haber analizado su declaración jurada del año 2016, la OA le había ordenado y notificado que debía “abstenerse de tomar intervención, en su gestión pública, en cuestiones particularmente relacionadas con las empresas en las que tenga participación societaria, en particular YPF S.A.”.

En el mismo documento le había sido recomendado, “en atención a sus atribuciones como Ministro y la restricción para su función pública que implicaría tener que abstenerse respecto de la empresa de YPF S.A.”, que “se desprenda de dicha participación societaria”.

El 4 de diciembre de 2018 de Iguacel informó a la OA que el 31 de agosto de 2018 había procedido a la venta de la totalidad de las acciones que poseía de YPF S.A., “afirmación que también resultó ser falsa, pues tanto al 31 de octubre de 2018 -fecha que invocara en la respuesta-, como así también al 4 de diciembre de 2018 -fecha de la respuesta-, tenía un conjunto de acciones” de esa empresa, según se desprende del dictamen fiscal.

Esta investigación está enfocada en el dictado de la Resolución 20/2018 -luego dejada sin efecto- que habilitaba a las distribuidoras de gas a exigir a los usuarios un pago extra, en 24 cuotas, para compensar las pérdidas o lo que se hubieren perdido de ganar las empresas por la devaluación del tipo de cambio ocurrido durante el Gobierno de Mauricio Macri.

En la acusación inicial, la fiscalía afirmó que aquella resolución fue dictada en detrimento de los "usuarios-consumidores, en cuya cabeza fijó la obligación de abonar un aumento tarifario indebido, como así también, subsidiariamente, en perjuicio del Estado Federal argentino que como garante de la prestación del servicio público también resultó abusiva e indebidamente obligado".

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