El Procurador General dictaminó que es inconstitucional la candidatura de Uñac
Eduardo Casal presentó un dictamen ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para declarar la inconstitucionalidad de la postulación del actual gobernador sanjuanino.
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En un nuevo fallo contra las reelecciones indefinidas, el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó la inconstitucionalidad de la candidatura de Sergio Uñac como Gobernador de la Provincia de San Juan.
Este fallo de Casal se enmarca en lo que dictaminó la Corte Suprema de Justicia de la Nación hace dos semanas, cuando suspendieron las elecciones tanto en la provincia cuyana como en Tucumán, donde se presentaban Sergio Uñac y Juan Manzur. Según decretó el Procurador, la candidatura del sanjuanino sería la tercera consecutiva, cuando la Constitución permite tan solo dos períodos.
También esta en vilo lo que sucede con la provincia de Formosa. Gildo Insfrán aspira a un octavo mandato como Gobernador y ya hubo presentaciones ante el máximo tribunal nacional para impedir su candidatura. Pero en este caso, la candidatura del nuevo apoderado del PJ Nacional está amparada por la Constitución provincial.
En un escrito de casi treinta páginas que redactó el Procurador General de la Nación, Casal sostuvo: “Es claro para mí que el empleo de los términos ´El Gobernador y el Vicegobernador´ seguidos de la expresión ´pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces´ indica, sin hesitación, que la norma limita, de manera indistinta para ambos cargos, la reelección consecutiva hasta dos oportunidades”.
El jefe interino de los fiscales dictaminó, tras el análisis de la cuestión y las respectivas Cartas Magnas, que "queda sellada la suerte adversa de la postulación del señor Uñac, quien fue elegido como vicegobernador y luego -en las dos contiendas electorales inmediatas siguientes- como gobernador, frente a lo cual su nueva postulación se sitúa fuera de la limitación establecida en el artículo 175 de la Constitución de San Juan".
Casal dijo en su dictamen que "si un ciudadano fue electo como gobernador o vicegobernador y luego reelegido inmediatamente para cualquiera de esos cargos, sólo podrá aspirar a una tercera y última reelección consecutiva adicional con la intención de desempeñarse en una de esas dos posiciones”.
El Procurador argumentó que de esta manera, “mediante la acumulación de los tres períodos, el ejercicio ininterrumpido de doce años en esos cargos de gobernador y vicegobernador de la provincia".
También destacó que su criterio "se ve corroborado por las expresiones vertidas por los legisladores durante el debate en la Cámara de Diputados que tuvo por objeto el tratamiento de la enmienda al artículo 175 de la Constitución local, al que también cabe acudir para determinar el alcance de la norma".
"La norma establece, en efecto, ciertos límites a la permanencia en dichos cargos, al disponer que '(e)l Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces", aseveró Casal.
Hay una situación similar en la Provincia de Buenos Aires, donde el presidente del partido PAIS, Oscar Héctor Alva, presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para suspender las PASO del 13 de agosto en el territorio bonaerense y suspender la reelección indefinida de los intendentes.