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Jueves, 26 diciembre 2024
Argentina
16 de noviembre de 2023
ELECCIONES 2023

Cuáles son las boletas válidas para votar el domingo 19 de noviembre

Las papeletas que aparecerán en el cuarto oscuro a la hora de ir a votar y son las oficializas. Qué pasa con las de privados de la libertad y residentes en el exterior.

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La Cámara Nacional Electoral (CNE) ultima detalles para la jornadas electoral que se vivirá este domingo 19 en todo el país. En ese marco, ante el balotaje, dio a conocer cuáles son las boletas válidas de los candidatos para poder votar.

De esta manera, los candidatos presidencial Sergio Massa (Unión por la Patria) y Javier Milei (La Libertad Avanza) tendrán sus papeletas dispuestas en los cuartos oscuros de los establecimientos en el territorio argentino. Asimismo, habrá una boleta diferenciada para quienes estén en bases antárticas, los privados de la libertad y residentes en el exterior. 


Unión por la Patria
Lista Celeste y Blanca: Sergio Massa - Agustín Rossi


Cuáles son las boletas válidas para votar el domingo 19 de noviembre

La Libertad Avanza
Lista Libertad por Siempre: Javier Milei - Victoria Villarruel


Cuáles son las boletas válidas para votar el domingo 19 de noviembre

Bases Antárticas 

Cuáles son las boletas válidas para votar el domingo 19 de noviembre

Privados de la libertad

Cuáles son las boletas válidas para votar el domingo 19 de noviembre

Residentes en el exterior

Cuáles son las boletas válidas para votar el domingo 19 de noviembre


La obligatoriedad del voto

El voto es obligatorio y quienes no concurran a votar deben justificar por qué no fueron. Aquellos que no justifiquen su ausencia deberán pagar una multa.

Están habilitados para votar los 35.844.334 electores que figuran en el padrón general y pueden hacerlo con cualquiera de los documentos permitidos para sufragar.

El Código Nacional Electoral establece en su artículo 125, en el apartado “faltas electorales”, que “se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección”.

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