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Jueves, 26 diciembre 2024
Argentina
10 de junio de 2024
JUSTICIA

Procesan al conductor y a su ayudante por el descarrilamiento del tren en Olavarría

El juez Federal de Azul, Gabriel Di Giulio, resolvió el procesamiento por Estrago Culposo del conductor y el ayudante del tren que descarriló el 8 de marzo de 2022 en la estación de Pourtalé. Además, enfrentarán un embargo preventivo de entre 5 y 10 millones de pesos.

Procesan al conductor y a su ayudante por el descarrilamiento del tren en OlavarríaProcesan al conductor y a su ayudante por el descarrilamiento del tren en Olavarría
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El juez Federal de Azul, Gabriel Di Giulio, dictó el procesamiento del conductor Nicolás Ezequiel Fagioli y su ayudante Lucas Leonel Vázquez por el delito de Estrago Culposo, en relación con el descarrilamiento del tren ocurrido el 8 de marzo de 2022 en la estación de Pourtalé, partido de Olavarría. Ambos deberán enfrentar un embargo preventivo de entre 5 y 10 millones de pesos, según lo determinado por el magistrado.

 

El accidente ferroviario tuvo lugar a las 5:20 de la mañana, cuando la formación N° 333 de la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado se dirigía de Olavarría a Bahía Blanca. A la altura del kilómetro 346,4, el tren descarriló y uno de sus vagones volcó, provocando lesiones de diversa gravedad a 69 pasajeros.
 

Procesan al conductor y a su ayudante por el descarrilamiento del tren en Olavarría
Imagen aérea del día 8 de marzo del 2022, horas después del accidente.


El procesamiento de Fagioli se fundamenta en que “condujo la formación Tren 333 en violación del deber de cuidado y en forma imprudente”, señaló Di Giulio. Además, se le acusa de haber excedido la velocidad máxima permitida en la zona del siniestro, que era de 80 km/h, y de operar el sistema de frenos de manera inapropiada, lo cual alteró las dinámicas de los esfuerzos verticales y horizontales entre los rieles y las ruedas, contribuyendo al descarrilamiento.

 

Lucas Leonel Vázquez, en su carácter de ayudante, fue procesado por no haber tomado las medidas necesarias para reducir la velocidad de la formación a valores seguros. El juez determinó que su omisión de las medidas exigibles por su cargo y función fue un factor crucial en el accidente.

 

Además, Di Giulio resolvió la falta de mérito para procesar o sobreseer a otros involucrados en la causa, incluidos Daniel De Diego, Damián Leonhardt, Marcelo Fabián Sánchez, Alejandro Héctor Leonetti y Rogelio Tulio Justo. Se desestimaron también las solicitudes de sobreseimiento presentadas a favor de Fagioli y Vázquez, así como el planteo de nulidad de la pericia accidentológica formulado por el coimputado Marcelo Fabián Sánchez.

 

El accidente del 8 de marzo de 2022 ha sido objeto de una investigación exhaustiva. Según el juez Di Giulio, “Nicolás Ezequiel Fagioli, en su carácter de Conductor, excedió la velocidad máxima que el estado de la vía y las características de la formación determinaban para una circulación segura, además de haber operado con impericia el sistema de frenos”.

 

Este procesamiento subraya la importancia del cumplimiento riguroso de las normativas de seguridad ferroviaria y la responsabilidad de los operadores en la prevención de accidentes. La causa seguirá su curso legal mientras los imputados enfrentan las acusaciones formuladas en su contra.

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