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Miércoles, 25 diciembre 2024
Argentina
19 de septiembre de 2024
UN ALIVIO

ARBA y un beneficio para jubilados: exención del impuesto inmobiliario para 40.000 personas

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires informó que continúa vigente la exención del Impuesto Inmobiliario Urbano para aliviar la carga fiscal de los adultos mayores.

ARBA y un beneficio para jubilados: exención del impuesto inmobiliario para 40.000 personas
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Con el fin de brindar un beneficio a los jubilados bonaerenses, la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) informa que se encuentra vigente la exención del Impuesto Inmobiliario Urbano para jubiladas, jubilados, pensionadas y pensionados.

El mismo consta de un beneficio que alcanza a más de 40 mil personas, quienes ya no deben abonar este tributo, aliviando su carga fiscal en un contexto económico desafiante, donde se registraron fuertes aumentos en medicamentos, tarifas y alimentos durante los primeros meses del año y la pérdida del poder adquisitivo de los jubilados se acentúa cada día más.

“Desde el gobierno de Axel Kicillof nos esforzamos día a día por proteger a las jubiladas y jubilados, quienes han trabajado incansablemente, atravesando todo tipo de adversidades, para construir este país. Mientras el gobierno nacional de Milei avanza con ajustes que afectan a los sectores más vulnerables, la provincia defiende sus derechos con políticas concretas. La prioridad en Buenos Aires es clara: quienes más necesitan, primero", señaló Cristian Girard, Director Ejecutivo de ARBA.

Cómo acceder al beneficio

Para acceder a la exención del Impuesto Inmobiliario, las personas deben cumplir con los requisitos establecidos en el Código Fiscal. Es necesario ser titular de un único inmueble edificado destinado a vivienda familiar, cuya valuación fiscal no supere los $6 millones en 2024. 

El trámite se puede iniciar de manera online a través de la página web de ARBA, utilizando el CUIT y la clave CIT. Una vez completada la solicitud, el beneficiario deberá presentar en el Centro de Servicios más cercano la documentación requerida, que incluye DNI, escritura del inmueble, comprobante de cobro de jubilación o pensión, y el histórico de haberes de ANSES o IPS. Para personas casadas o viudas, será necesario también adjuntar el certificado de matrimonio o el certificado de defunción del cónyuge, según corresponda.

Esta medida se enmarca dentro de las políticas de simplificación tributaria impulsadas por ARBA, cuyo objetivo es facilitar los trámites y garantizar la justicia fiscal para quienes más lo necesitan.
 

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