3 de marzo de 2026
JUDICIALES
La Justicia confirmó el procesamiento de D’Onofrio y un embargo millonario
Los camaristas rechazaron los planteos de las defensas y ratificaron la acusación por lavado de activos vinculada a la compra de una camioneta de alta gama.

La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó el procesamiento del exministro de Transporte bonaerense Jorge Alberto D’Onofrio y de Facundo Asensio como coautores del delito de lavado de activos de origen ilícito. En el caso del exfuncionario, el tribunal ratificó además el agravante por su condición de funcionario público .
La resolución, firmada el 2 de marzo de 2026, rechazó los recursos de apelación presentados por las defensas, que cuestionaban la fundamentación del fallo de primera instancia y la valoración de la prueba. También fue confirmado el embargo de 300 millones de pesos dispuesto sobre los bienes de Asensio .
La investigación se centra en la adquisición de una camioneta Audi Q8, dominio AE554ZD, que fue inscripta por Asensio en octubre de 2023 con un valor declarado de 30 millones de pesos, aunque fue asegurada por 173,8 millones. Días después, se extendió una cédula azul a favor de D’Onofrio y el vehículo fue adherido al sistema Telepase con el correo electrónico y la tarjeta de débito del entonces ministro. En noviembre de 2024, la camioneta fue vendida por más de 77 millones de pesos .
Las defensas sostuvieron que los fondos utilizados para la compra eran de origen lícito y que provenían de un contrato de mutuo con la firma “Los Altos de Don Carlos S.A.”, además de la venta de un inmueble. Sin embargo, el tribunal señaló que esa sociedad no registra actividad verificada y que los domicilios declarados no evidencian funcionamiento efectivo, elementos que fueron valorados por el juez de primera instancia .
Los camaristas también remarcaron contradicciones en las declaraciones de los imputados respecto del uso del vehículo y la gestión del Telepase, así como inconsistencias entre el valor declarado de adquisición y el precio real de mercado. En ese sentido, tuvieron en cuenta el testimonio del comprador posterior, quien indicó que la camioneta estaba publicada por 100 millones de pesos y finalmente la adquirió por más de 77 millones .
En cuanto al delito precedente, la Cámara recordó que para configurar el lavado de activos no se requiere una condena firme por el ilícito anterior, sino la acreditación razonable de una actividad delictiva que haya generado los bienes investigados. En este caso, destacó que D’Onofrio fue formalmente imputado en una causa provincial en la que se investigan presuntos hechos de malversación de caudales públicos durante su gestión como ministro, lo que constituye —según el fallo— un sustento relevante para la hipótesis de que los fondos podrían tener origen ilícito .