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Lunes, 21 octubre 2024
Argentina
27 de abril de 2020
PANDEMIA

La Corte prorroga el asueto pero anticipa la inminente reanudación de plazos

Así lo dispuso mediante la Resolución SPL Nro. 21 firmada ayer. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires volvió el asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales, hasta el 10 de mayo próximo inclusive, en concordancia con el anuncio realizado por el presidente de la Nación, Alberto Fernández, de extender el aislamiento preventivo hasta esa fecha.

La Corte prorroga el asueto pero anticipa la inminente reanudación de plazos
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La determinación había llegado por la resolución que prorrogó los alcances de la Resolución Nº 386-20 dictada en marzo último con el fin de prevenir "la expansión de la enfermedad Covid 19", y se dispuso que se brindará una prestación mínima a través de guardias para asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación.

"Es una resolución transitoria al solo efecto de la continuidad jurídica de las regulaciones dictadas por la emergencia sanitaria.  Entre este lunes y el martes saldrá una nueva resolución ordenadora de la reanudación de plazos para la actividad a distancia, por vía telemática", expresó una fuente cercana al máximo tribunal de la Provincia

En los considerandos se señala que "esta medida transitoria se establece al solo efecto de mantener la continuidad jurídica, sin perjuicio de precisar que el sistema que organizan los Acuerdos Nº 3971 (a través del cual extendió el régimen de Acuerdo Continuo y Firma Digital) y Nº 3975 (nuevo "Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales") y las restantes medidas aprobadas en los últimos días, determinará la implementación de un esquema de grados crecientes de servicios a
distancia que, en el contexto de la emergencia causada por la pandemia COVID-19, habrá de instituir el Tribunal”.

Vale recordar que en la resolución original el máximo tribunal bonaerense decidió que permanezcan habilitados exclusivamente los Juzgados y Tribunales en turno, incluyendo las sedes descentralizadas, funcionando con guardias mínimas, conformadas con el magistrado a cargo -en caso de Tribunales Colegiados al menos uno de sus integrantes-, un funcionario letrado y los agentes indispensables que el titular designe.

En los restantes organismos se instruyó la permanencia del magistrado o un funcionario letrado en forma rotativa, sin la concurrencia del resto del personal, pero quedando a disposición del titular para el caso en que sea requerido.

Afirma que teniendo en cuenta la extensión del plazo original previsto para el aislamiento obligatorio, "y a los fines de evitar dilaciones en los procesos que se tramitan ante los estrados judiciales, resulta apropiado que los Señores Magistrados, además de las resoluciones de urgente despacho, programen sus actividades para, en la medida de lo posible, dictar toda otra providencia, resolución interlocutoria o sentencia definitiva que se encuentre pendiente". 

Con fecha de ayer también, enmarcados en las Resoluciones Nº 478 y Nº 479, la Suprema Corte de Justicia suscribió dos convenios reguladores de la modalidad de Teletrabajo, uno con la Asociación Judicial Bonaerense (AJB), y otro con el  Colegio de Magistrados y Funcionarios provincial. 

Los convenios Nº 526 y Nº 527 están guiados por el objetivo del Tribunal de alcanzar soluciones consensuadas entre los actores del sistema judicial a fin de garantizar el servicio en el actual estado de emergencia sanitaria dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial.











 

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